dilluns, 17 de desembre del 2007

Entidades de factoraje (factoring)

Siguiendo la estela que dejé la semana pasada vuelvo a redactar un artículo centrándome en un concepto concreto referente a la financiación empresarial. Esta vez quiero hablar sobre un tema que además de interesante me resultó curioso.

El departamento de cobros de una empresa se encuentra con una serie de clientes que deben hacer efectivos unos pagos por los servicios recibidos de dicha empresa. Aunque a nivel financiero esto no son más que números, en el mundo real esta tarea puede llegar a ser bastante laboriosa. Hay mucho que organizar y a veces una empresa puede tener problemas si no recibe sus pagos justo cuando lo tenía planeado (típico caso de empresa que pese a estar en situación de beneficios no ha cobrado sus ventas y no dispone de efectivo para hacer frente a sus pagos).

Ante esta situación las empresas pueden contratar un servicio de factoraje, que consiste en realizar un contrato para que una entidad o banco pague a la empresa las deudas de los clientes de forma inmediata y asuma el riesgo de cobro. Se entiende que la entidad de factoraje obtiene unos intereses que asume la empresa contratante. La idea es que para una empresa, con su compleja gestión, supone un gran esfuerzo tratar además con clientes morosos y demás, pero en cambio una empresa (entidad de factoraje) plenamente especializada en este menester dispondrá de muchos más recursos para hacer de esta tarea algo más sencillo. De ahí el beneficio para ambas partas.

En principio puede parecer que en este trato sale perdiendo la entidad de factoraje pero por eso mismo existen diferentes tipos de contrato en los que la entidad asume más o menos riesgos. Por ejemplo, en el mundo del factoring existen entidades que lo que asumen es la gestión de tratar con clientes y cobros, pero no aceptan tratar con morosos. Por eso mismo en sus contratos expresan que ante alguien que se niegue a realizar pagos de una forma exagerada tienen derecho a devolver esa deuda a la empresa contratante y recuperar el dinero que pagaron. Por otro lado, y aquí es donde yo encuentro lo curioso, existen entidades de factoraje especializadas en asumir riesgo y tratar con clientes morosos. Hablo de empresas como “El Cobrador del Frac” o “La Pantera Rosa”, que llegan a utilizar métodos como disfrazarse y hacer espectáculo con el propósito de hacer pública la morosidad del deudor y ensuciar su imagen de empresa o sencillamente su reputación. Aunque no he encontrado información al respecto, deduzco que este tipo de factoraje tiene unos intereses más elevados que el habitual y solo se contrata para clientes concretos que han demostrado ser verdaderos morosos.

Además del tipo de deudores con los que van a tratar, las empresas contratantes deben dar ciertas garantías a las entidades de factoraje antes de que estas paguen para evitar fraudes y, en según que contratos, se exige que la empresa no negocie con el deudor mientras dura el factoraje (o al menos se tiene que mantener al corriente a la entidad de cualquier movimiento relacionado con dicho deudor).

A modo de resumen, decir que las entidades de factoraje liberan a las empresas que las contratan de muchos dolores de cabeza y les dan la seguridad de que sus cobros se van a realizar cuando pretenden, por lo que pueden contar con una financiación segura. Por otro lado, hay que tener en cuenta que a priori van a perder dinero (las entidades de factoraje tienen una comisión que además no es precisamente baja), por lo que antes de optar por este recurso hay que evaluar si realmente va a producirse un ahorro de esfuerzo que se traduzca en mayores beneficios económicos. Por ejemplo, este sistema no es recomendable para empresas con pocos clientes (rara vez compensará el dinero perdido) o para empresas con un sistema de cobros muy complejo (muy a menudo las exigencias contractuales de la empresa de factoring no podrían ser satisfechas).


Mi opinión personal es que la herramienta del factoraje existe porque tiene una razón de ser, pero no es la panacea. Es muy importante sopesar las ventajas y desventajas de aplicar este sistema en nuestra empresa, no solo en términos técnicos, sino pensar además que nuestros clientes, de ser empresas pequeñas o familiares, pueden no sentirse cómodos con el trato impersonal (o incluso molesto) de una empresa de factoraje, y eso repercutiría directamente en nuestras futuras ventas.

Fuentes:
Wikipedia | injef.com

4 comentaris:

Víctor Blázquez Francisco ha dit...

Una empresa de factoring es muy interesante, ya que no usan tácticas normales para conseguir que la empresa morosa pague las deudas que tiene pendientes. Como bien dices hay algunas técnicas como son ensuciar la reputación de la empresa.
El hecho es que son empresas que se dedican a ello, lo que implica que deben saber la manera adecuada de como conseguir el dinero, su beneficio depende de ello, si no consiguen el dinero, no tienen nada, porque encima deben dar dinero a la empresa que les contrato.
De todas maneras, el contratar una empresa de factoring no siempre quiere decir que la otra empresa sea una morosa, sencillamente puede haber tenido una mala época y le ha costado conseguir dinero a corto plazo para pagar sus deudas a sus proveedores.

Matias Lizana ha dit...

Això del factoring no està malament, en quan a la idea que es té cada cop més de dividir la feina per ser més eficients. Estic d'acord amb el que diu en víctor, de que pot ser que l'empresa hagi tingut una mala època i degui diners a la teva empresa durant un temps.
De totes maneres, no sé si funciona així exactament, però les empreses de factoring haurien de ser contractades temporalment, no com a costum. Crec que abans seria preferible canviar de client que tenir una empresa que vagi gestionant eternament tots els problemes. Ja sé que tampoc ho fan així, però potser algú s'hi arrepenja i diu: Mira, com que tinc l'empresa que s'encarrega de donar-me els deutes del meu client, mentre em pagui ja m'està bé. Però bé, segurament les empreses de Factoring, com també has dit tu, ja tenen uns "contractes" definits, i si es passen de morosos, doncs ja no els accepten.

Victor Bernadó ha dit...

El uso de estos servicios creo que benefician la empresa que los contrata (si no no lesfuncionaria el negocio) puesto que se libran de trabajo generalmente árduo.
Las empresas en que estos servicios pueden ser una buena opción creo que deben reunir una serie de requisitos como:
Permitir el pago a posteriori
Tener mucho clientes que no pagan en efectivo
etc
Con estos requisitos ya expulsamos todas las tiendas de consumibles y otras que siempre pagan en efectivo...
Si bien es verdad que son muchas las que permiten el pago mediante facturas con una cuenta corriente detrás, el echo de tener un banco detrás ya te da cierta seguridad (no suficiente cuando lo que te deben son números considerables...)

En cuanto a las empresas que ofrecen el servicio, tontas no son!!! Los clientes que los ven como seguros, permiten "cogerlos"; pero por si las moscas son morosos, se cubren las espaldas...

Las empresas como "el cobrador del frac" etc si que creo que tienen mérito: lo cogen todo...

No estaría mal trabajar de cobrador del frac... todo el día arriba y abajo bien vestido, casi sin pegar ni golpe... pero admitamoslo, a veces esta gente se lleva algo más que miradas... que seguro que reciben algún que otro cachete considerable. ¿Tienen alguna tipo de seguro especial? o alguna jurisdicción que los proteja???

Marcos Lora ha dit...

Las entidades de factoraje y el simbólico hombre del frac negro, alias “el de los pagos”, son los únicos que realmente sacan tajada de estos tejemanejes peculiares. La empresa firma un acuerdo con el cliente y en ella el presupuesto que se incluye lleva incluidos un nivel de solvatación para que, en caso de éste resultar un moroso, si se realiza la contratación de una de estas entidades, los intereses cobrados por la misma se puedan cubrir con el efectivo de más que se le ha solicitado al cliente. Pero ¿y si éste no está dispuesto a pagar de más porque realiza sus pagos en su momento? ¿Y si éste realiza el pago mucho más tarde de lo esperado y los intereses de la entidad no quedan cubiertos ni con el plus exigido en el acuerdo por la empresa al comprador? ¿Es el dinero excedente del pago ipso facto el que cubre los intereses de más generados por el moroso?